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Factura cliente ISP

Una factura con inversión del sujeto pasivo es una modalidad de facturación se utiliza en ciertas operaciones donde el sujeto pasivo del IVA, es decir, quien tiene la obligación de abonar este impuesto a la hacienda pública, no es el vendedor o prestador del servicio, sino el comprador o receptor del mismo.

Son operaciones en las que el IVA lo declara el adquirente (INVERSIÓN DE SUJETO PASIVO):

Ejecuciones de obra de construcción o rehabilitación de edificaciones efectuadas para empresarios o profesionales, como consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista. En este caso será el dueño de la obra quien ingrese el IVA.que tendrán que abonar el IVA a la Hacienda Pública.

Entregas de oro sin elaborar o de productos semielaborados de oro, de ley igual o superior a 325 milésimas.

Entregas de determinados materiales de recuperación, así como algunas prestaciones de servicios (selección, corte, fragmentación y prensado) sobre ellos.

Ventas de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores y tabletas digitales a un empresario revendedor, o a un no revendedor si la factura supera 10.000 euros.

Las siguientes entregas de bienes inmuebles:.

Efectuadas como consecuencia de un proceso concursal.

Efectuadas en ejecución de la garantía constituida sobre los inmuebles.

Venta de inmuebles usados (segundas y ulteriores entregas de viviendas) La venta podrá tributar por IVA en lugar de ITP cuando el adquirente sea otro empresario con derecho a deducir total o parcialmente el IVA soportado, ya sea de acuerdo a su actividad en el momento de la compra (prorrata mayor que cero) o en función del destino previsible del inmueble. En este caso será el comprador quien declare e ingrese el IVA.

Venta de terrenos rústicos y no edificables. La venta podrá tributar por IVA en lugar de ITP cuando el adquirente sea otro empresario con derecho a deducir total o parcialmente el IVA soportado, ya sea de acuerdo a su actividad en el momento de la compra (prorrata mayor que cero) o en función del destino previsible del inmueble. En este caso será el comprador quien declare e ingrese el IVA.

¿Cómo funciona la inversión del sujeto pasivo en el IVA?

En relación a la emisión de la factura, el vendedor o prestador de servicios, debe reflejar en la factura que se trata de una operación con inversión del sujeto pasivo. Para ello, se emitirá la factura sin IVA y se incluirá la mención “operación con inversión del sujeto pasivo” (conforme al artículo 84, apartado 1, punto 2º, de la Ley 37/1992).

Esta inversión del sujeto pasivo (del IVA) no exime al emisor, sin embargo, de reflejar su importe en el modelo 303 (en el apartado que corresponde a las ‘operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan el derecho a la deducción’) y en el modelo 390 (en el apartado que corresponde a las ‘operaciones no sujetas por reglas de localización o con inversión del sujeto pasivo’.

Por su parte, el receptor de la factura, al ser el sujeto pasivo del impuesto, tiene que registrar la factura (con inversión de sujeto pasivo en el IVA) que recibe, de manera que su base imponible, se declare en el modelo 303, dentro del IVA devengado, en las casillas 12 y 13 del modelo, y en las casillas que corresponda dentro del IVA deducible. No tiene que olvidarse, además, de declararlo en el resumen anual del IVA (modelo 390).


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